COMPROMISO EDUCATIVO Y SOCIAL

BLOG FUNDACIÓN PERE TARRÉS

¿Quieres que tu solidaridad perdure en el tiempo?

¿Quieres que tu solidaridad perdure en el tiempo?

Lali Oliver Olivé
Técnica de Captación de fondos de la Fundación Pere Tarrés
Ver todos los artículos

18.11.18

En el año 1986 la Fundación Pere Tarrés recibió el encargo de gestionar una casa que un ciudadano había manifestado en su testamento el deseo expreso de que se destinara a fines sociales y para acoger colonias para niños y niñas. Actualmente, esta casa de colonias sigue funcionando como tal y alrededor de 60.000 niños y jóvenes han disfrutado de las actividades que se realizan.

Este es un ejemplo de una vía diferente de colaboración con fines solidarios y de luchar contra la pobreza en España que, si bien en otros países es habitual, en Cataluña y en el resto del Estado español todavía no es una práctica muy extendida, a menudo por desconocimiento. Se trata de la herencia y el legado solidario, es decir, la opción de incluir en el testamento a una ONG o fundación y de hacerla heredera de todos los bienes (herencia) o de uno en concreto (legado), con el objetivo de prolongar el compromiso personal con una entidad o causa social.

A pesar de que el 12% de los ciudadanos españoles colaboran en vida con una ONG o fundación de forma económica y regularmente, sólo un 1% ha hecho testamento solidario, según una encuesta reciente. Ahora bien, una vez se les informa de la existencia de esta opción, un 35% de los ciudadanos se muestra interesado en hacer testamento solidario.

Las principales causas que apuntan hacia este porcentaje tan bajo de testamentos solidarios en España son la falta de conocimiento y la percepción -errónea- que puede ser un trámite complicado y que puede perjudicar a los herederos legítimos (hijos e hijas).

El legado solidario en Cataluña

En el caso concreto de Cataluña, cada vez se publican más noticias en relación a testamentos a favor de una causa social o para investigaciones en el ámbito de la salud. Es el caso, por ejemplo, de un matrimonio de Barcelona que en el 2018 legó un millón y medio de euros al Instituto de Investigación Biomédica de Barcelona para que se destinaran a la investigación del cáncer. O el caso de una ciudadana que dejó su patrimonio, por valor de 8,3 millones de euros, a dos instituciones para ayudar a personas con pocos recursos económicos de la comarca de Osona.

En este sentido, según datos del Colegio de Notarios de Cataluña, en el 2017 se contabilizaron un total de 208 testamentos que incluían legados a favor de entidades sin ánimo de lucro y que representaron una cantidad de 44.734.177 euros. Madrid, Cataluña y el País Vasco encabezan la lista de comunidades con más testamentos solidarios.

Es evidente, pues, que el interés y el compromiso de muchos ciudadanos de Cataluña de colaborar con fines solidarios a través del testamento existe, pero debe darse a conocer más ampliamente. Por este motivo, cada vez hay más entidades sociales que promueven e incluyen esta opción como una forma más de colaboración entre sus socios y donantes.

Sin ir más lejos, el pasado 13 de septiembre, Día Internacional del Legado Solidario, diversas entidades hicieron una campaña a través de las redes sociales para informar y animar a los ciudadanos a donar para una causa solidaria, a través del testamento.

¿Qué hay que saber para hacer un testamento solidario?

Cuando se habla de herencias o legados solidarios a menudo se piensa en testamentos de personas que disponen de muchos bienes o cantidades de dinero elevadas. Pero nada más lejos de la realidad. Cualquier aportación, por pequeña que sea, se puede legar a una entidad social y será igual de importante para mejorar la calidad de vida de los colectivos más vulnerables.

En primer lugar, es importante que las entidades informen de forma precisa sobre esta vía de colaboración y resolver las cuestiones más básicas que puedan surgir entre los interesados:

  • El procedimiento más sencillo, económico y útil para hacer un legado a una entidad es a través de un testamento abierto y ante notario, e informar posteriormente a la entidad beneficiaria. El coste económico se sitúa en torno a los 40€.
  • El testamento se puede modificar tantas veces como se desee a lo largo de la vida.
  • Incluir una entidad en el testamento en ningún caso perjudica a los herederos legítimos (normalmente los hijos y las hijas), ya que la normativa legal establece que les corresponde por ley la cuarta parte del patrimonio de una persona. En el caso de que no se tengan hijos, esta cuarta parte la podrían recibir los padres, si todavía están vivos, por mitades iguales.
  • Se pueden dejar en herencia todos o parte de los bienes o legar uno en concreto: dinero (en efectivo o depositados en entidades financieras), acciones, fondos de inversión, seguros de vida o bienes materiales (un inmueble, un coche, joyas, obras de arte, mobiliario...).
  • La entidad beneficiaria podrá destinar íntegramente lo que ha recibido en su finalidad, ya que en Cataluña las fundaciones y ONG no deben pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, a diferencia de otras comunidades autónomas.

Legados a la Fundación Pere Tarrés

Como muchas otras entidades, la Fundación Pere Tarrés también ofrece esta opción de colaboración para personas que desean mantener vivo su compromiso con la infancia. En los últimos años ha sido beneficiaria de dos legados solidarios, los cuales se han destinado íntegramente a los proyectos que la Fundación Pere Tarrés realiza en beneficio de la infancia en situación vulnerable.

Para más información: https://www.peretarres.org/colabora/llegats

Comparte el artículo

Etiquetas