Las entidades y organitzaciones no lucrativas que organizan actividades de tiempo libre o tienen voluntarios o tienen la responsabilidad legal de asegurar a sus colaboradores.
El seguro de tiempo libre es una obligación legal, tal y como se recoge en el Decreto 137/2003, de 10 de junio, sobre la regulación de las actividades de educación en el tiempo libre en las que participen menores de 18 años.
El artículo 6º apartado d) de la Ley Española 6/1996 de 15 de enero del voluntariado (BOE núm. 15 de 17/01/97) considera un derecho del voluntario que la organización para la que colabora le ha de ofrecer un seguro de accidentes y responsabilidad civil.
La Fundación Pere Tarrés, consciente de la necesidad que tienen las entidades de tiempo libre de ofrecer este servicio, gestiona desde hace más de 30 años el servicio de seguros de tiempo libre y voluntariado.
Ara, además, se puede gestionar el alta y la renovación de los seguros mediante nuestro sistema on-line.
Puedes consultar toda la información en los siguientes apartados: