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| ¿Por qué un seguro para
los voluntarios? |
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Los voluntarios y las voluntarias
son personas que libremente, por responsabilidad social, se
comprometen a realizar una obra de interés general, ya
sea cívica, educativa, cultural, sanitaria, al medio
ambiente o un servicio social... Por este trabajo, la persona
voluntaria no recibe ninguna contraprestación, ni económica
ni material |
| Cuando la acción voluntaria se desarrolla
en el marco de una asociación, ésta debe apoyar
a las personas que aceptan colaborar en su proyecto. La entidad
debe motivarlas, formarlas y asegurarlas de sucesos fortuitos
que les puedan acarrear consecuencias negativas: accidentes,
muertes o reclamaciones por responsabilidad civil.
El artículo 6º, apartado d/ de
la Ley Española 6/1996 del 15 de enero del voluntariado
(BOE. núm. 15 de 17/01/97) reconoce el derecho del
voluntariado a que la organización en la que trabaja
le ofrezca un seguro de accidentes y responsabilidad civil.
Así pues, además de las consideraciones humanas
a las que hemos hecho referencia, la legislación vigente
obliga a contratar una póliza de seguro a toda organización
de voluntariado.
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La adhesión, por medio
de un impreso sencillo, a un seguro integrado por dos pólizas
contratadas por la Fundación Pere Tarrés: una
de accidentes y otra de responsabilidad civil.
Esta entidad hace más de veinte años
que facilita el seguro anualmente a 70.000 niños y
jóvenes en actividades de tiempo libre y desde hace
cinco, asegurando alrededor de 20.000 voluntarios.
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| ¿Cómo adherirse al seguro? |
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Para adherir vuestra entidad
o grupo de voluntariado os podéis poner en contacto personalmente
o bien por teléfono con la Fundación Pere Tarrés.
Debéis recordar:
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Facilitar los datos del responsable y
de la entidad, así como el número de voluntarios
que colaboran y la actividad que habitualmente realizan. |
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Facilitar un listado con el nombre y
los apellidos de los voluntarios y las voluntarias. |
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Abonar la prima correspondiente. |
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Recordad que el número mínimo
de personas a asegurar, para los nuevos seguros y ampliaciones,
no puede ser inferior a 5. |
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Estos trámites se pueden realizar:
por correo o a través de los siguientes formularios:
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| ¿Qué se ha de hacer en
caso de accidente o siniestro? |
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Prestar asistencia inmediata
a los accidentados.
Presentar una fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social
o Mutua al centro médico donde sea atendido el accidentado.
También se puede facilitar con posterioridad y por
teléfono el número de afiliación a la
Seguridad Social al centro sanitario.
NOTA IMPORTANTE: Si habéis presentado
la tarjeta de la Seguridad Social o facilitado el número,
no debéis entregar la declaración de accidente
al centro sanitario aunque éste lo solicite.
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Cuando, por cualquier circunstancia excepcional,
se deba utilizar la póliza del seguro, deberéis:
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Cumplimentar la declaración de
accidente. |
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El médico deberá rellenar
la parte que tiene reservada y firmarla. |
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Enviar a AON GIL Y CARVAJAL, correduría
de seguros, una copia de la declaración de accidente.
Se deberá tener presente que cada vez que se utilice
una declaración de accidente tendréis que
pagar una franquicia de 30,05 € en el supuesto de
que la compañía deba abonar cualquier indemnización. |
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| Incidencias que se pueden producir |
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Que un centro sanitario no admita
ningún tipo de seguro y quiera cobrar la atención
médica, en cuyo caso el médico rellenará
la declaración de accidente y os la deberéis quedar.
De todo lo que paguéis, deberéis solicitar factura.
Posteriormente, el original de la declaración de accidente,
bien cumplimentado, lo enviaréis junto a las facturas
a AON GIL Y CARVAJAL, correduría de seguros, indicando
quién ha realizado el pago. No olvidéis poner
el nombre de vuestra asociación y el número de
adhesión al seguro del voluntariado de la Fundación
Pere Tarrés. |
| Si consideráis grave el accidente
que se ha producido, o creéis que puede tener consecuencias
de cualquier orden, conviene que el médico rellene
la declaración de accidente aunque la atención
quede cubierta por la Seguridad Social. En este caso, deberéis
enviar también una copia de la declaración a
AON GIL Y CARVAJAL, correduría de seguros, por si se
pudieran derivar en el futuro reclamaciones o consecuencias
(invalidez parcial, total o muerte del accidentado).
Responsabilidad Civil. Cuando se produzca
algún daño a terceras personas o a propiedades
que no pertenezcan a vuestra asociación, deberéis
poneros en contacto con AON GIL Y CARVAJAL, correduría
de seguros, para que os indiquen los trámites concretos
que debéis realizar, antes de que se produzca cualquier
tipo de reclamación. Es imprescindible advertir a la
compañía aseguradora a través de AON
Y CARVAJAL, correduría de seguros, si después
queréis que la póliza cubra cualquier eventualidad.
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| Consideraciones a tener en cuenta |
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El seguro de accidentes es un
complemento a la afiliación a la Seguridad Social o Mutua
que pueda tener cualquier voluntario. En caso de accidente debe
utilizarse en primer lugar la Seguridad Social por las siguientes
razones: |
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El trámite es mucho más
sencillo. Sólo es necesario mostrar el original
o una fotocopia del documento, o comunicar el número
de afiliación a la Seguridad Social por teléfono
al hospital. |
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No deberéis pagar nada en el
momento de la atención médica, ni después
la franquicia de 30,05 € a la compañía
de seguros. |
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Por solidaridad, utilizando la afiliación
a la Seguridad Social, el coste de nuestro seguro colectivo
no aumentará, con lo que todos los grupos asegurados
saldrán beneficiados. Si se utilizase mucho la
póliza al año siguiente podría aumentar
el precio de las primas. |
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| 1. Accidentes
1.1. Objeto del seguro
La póliza cubre a los voluntarios y voluntarias miembros
de entidades que aparecen en la lista que se entrega en el
momento de formalizar la adhesión a la póliza
colectiva contratada por la Fundación Pere Tarrés.
La póliza cubre a los voluntarios hasta 75 años
de edad.
La póliza cubre los accidentes que puedan producirse
mientras los asegurados realicen actividades organizadas por
la asociación, incluido el riesgo «in itinere»,
siempre que la asociación organizadora de la actividad
esté al corriente de pago.
El ámbito territorial de cobertura de la póliza
de accidentes es todo el mundo. La póliza tiene las exclusiones habituales:
guerras, terremotos, enfermedades, embriaguez, suicidio o
tentativa, peleas, apuestas, la exposición voluntaria
a peligros inútiles; el uso de aeronaves y los deportes
considerados de alto riesgo.
1.2. Garantías
Muerte
Invalidez permanente
Asistencia sanitaria |
7.500 €
15.000 €
900 € |
En cualquier caso, se deberá abonar
la franquicia de 30,05€ por accidente.
2. Responsabilidad civil
2.1.Objeto del seguro
La póliza garantiza la responsabilidad civil general
imputable a los voluntarios y a la entidad, derivados de daños
corporales y materiales causados a terceros. Cubre la integridad
patrimonial del voluntario y de la organización a la
que pertenece y garantiza las indemnizaciones pecuniarias
exigidas por los daños causados. Garantiza también
la responsabilidad civil por daños corporales que puedan
sufrir los propios voluntarios en las actividades organizadas
o promovidas por la asociación que fomenta las acciones
voluntarias. Queda cubierta la presentación de fianzas
civiles, así como la defensa y la prestación
de fianzas para cubrir la responsabilidad criminal. El ámbito
de cobertura de la póliza de responsabilidad civil
es todo el mundo excepto USA, Canadá y Méjico. La póliza tiene las
excepciones habituales; (los daños ocasionados por
embriaguez, por vehículos a motor o por obligaciones
contractuales, daños producidos al medio ambiente...).
2.2. Garantías y capitales asegurados
La Compañía cubre la responsabilidad civil hasta
un límite máximo de 1.500.000 € por siniestro
y 3.000.000 € por anualidad de seguro para el conjunto
de los voluntarios adheridos a la póliza. La cobertura
máxima por daños corporales y siniestro por
víctima individual es de 180.000 €. Éstos
son también los límites para responder las fianzas
civiles que se obliga a depositar en todo siniestro. Por daños
a cultivos y vegetación, la franquicia es de 150,25
€; Franquicia general: 30,05 € por siniestro.
Correduría interventora de la póliza
a la que deben dirigirse sólo en caso de siniestro,
no para adherirse al seguro:


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NOTA: Este texto es informativo y no tiene un valor contractual.
Las condiciones específicas del seguro constan en las
pólizas emitidas por la compañía aseguradora.
Dichas pólizas están a vuestra disposición,
para su consulta, en la Fundación Pere Tarrés.
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