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Límites éticos a la prestación de servicios a la dependencia desde fundaciones y ONG
Josep Oriol Pujol i Humet *
Expansión | 07/04/08
Las indiscutibles mejoras en la prestación de servicios a las personas que la administración garantiza parecen suponer un sinfín de oportunidades para asociaciones, fundaciones y ONG que tienen por finalidad la atención a los más desfavorecidos. La recién aprobada por el Parlamento español, Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, conllevará la externalización de nuevos servicios para mayores, personas con discapacidad y dependencias diversas. La denuncia social que muchas entidades han realizado pidiendo unas mayores garantías sociales y dotaciones económicas para estas personas parece satisfecha. Hemos leído múltiples titulares sobre los miles de puestos de trabajo que se van a crear y es fácil pensar que, en proporción importante, serán las entidades sociales quienes contratarán a estos nuevos profesionales. Tendría pleno sentido que unos actores sociales con experiencia en la atención a las personas más desfavorecidas, que han reivindicado el derecho a una atención digna, sean ahora los gestores de los nuevos servicios regulados y garantizados por la administración.
La paradoja es que las condiciones principalmente económicas con las que ayuntamientos y comunidades autónomas licitan los concursos dificultan en la práctica que las entidades sociales puedan concurrir a ellos. La razón principal es la económica, y no sólo porque las administraciones convocantes obvien la mayoría de las veces la la denominada cláusula social de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas que determina que, en igualdad de condiciones, se adjudicará a una entidad no lucrativa, sino sobre todo porque los precios con los que se licitan estos servicios ponen en entredicho el poder prestar unos servicios dignos. Los importes que se ofertan al concertar plazas de residencias de personas mayores o de personas discapacitadas, los precios de la atención domiciliaria y de otros servicios no permiten atender con garantías y calidad estos servicios, a la vez que contratar con la deseable dignidad a los profesionales que han de realizar las tareas. Ello debería sumarse a las dificultades financieras y de crecimiento propias de las entidades sin ánimo de lucro que tienen como único recurso financiero el del crédito, lo que limita, sin duda, diversificaciones, inversiones y la financiación del circulante.
La voluntad de asociaciones y fundaciones de atender con máximas garantías de calidad a las personas supervisadas en el día a día por sus plantillas, acostumbradas a una cultura de participación que se convierte en denuncia interna constante por la falta de medios, imposibilita a las direcciones a la hora de decidir concursar cuando los presupuestos son insuficientes. Si a ello sumamos la voluntad ética de dignificar los puestos de trabajo, de ofertar formación a las plantillas y de invertir en innovación participar en el concurso público se presenta prácticamente imposible cuando el elemento determinante para la concesión es fundamentalmente el precio. La responsabilidad de los pliegos de condiciones es de la administración que, inexplicablemente para nosotros, en la práctica gasta mucho más en la compra de otros servicios como pueden ser las obras públicas o incluso la sanidad. La evolución de los concursos públicos configura una estrategia en la que sólo podrán participar empresas mercantiles de dimensión significativa, enfocados a la maximización de beneficios desde grandes volúmenes y con unas políticas de personal que una entidad social no puede, éticamente, aplicar. La consecuencia, en otros países europeos, ha sido la pérdida de peso del sector social que se ha visto reducido a límites testimoniales y la potenciación de un sector mercantil, surgido de la diversificación de empresas procedentes de otros sectores. ¿Es éste el modelo de atención a las personas que vamos a consolidar también en España?
* Director General de la Fundació Pere Tarrés.
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